GRAN CANARIA EN SU ENCRUCIJADA

GRAN CANARIA EN SU ENCRUCIJADA

sábado, 2 de enero de 2010

LA ANULACIÓN POR EL SUPREMO DE LA MORATORIA TURÍSTICA DE LANZAROTE
















LA ANULACION POR EL SUPREMO DE LA MORATORIA DE LANZAROTE

El 17 de diciembre del pasado año los diarios de papel de Las Palmas La Provincia/DLP y el Canarias7 publicaron con grandes titulares la sentencia del Tribunal Supremo anulando definitivamente la Moratoria turística de Lanzarote. Esta sentencia viene a ratificar la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) de noviembre del 2006 que lo anuló en base, esencialmente, a que no contempló el presupuesto necesario para pagos a los damnificados por pérdida de derechos adquiridos en suelo debidamente ordenado urbanísticamente.
Al respecto de la sentencia del TSJC de noviembre del 2006 sobre la Moratoria lanzaroteña, publiqué un artículo en prensa digital y en mi página web el cual, por su rabiosa actualidad, lo reproduzco integramente a continuación.

"23 de noviembre de 2006. GRAN CANARIA EN SU ENCRUCIJADA (y XXXV)
LA ANULACION POR LA JUSTICIA DE LA MORATORIA TURISTICA DE LANZAROTE*Una vez más, y van.........., los jueces enmiendan la plana a políticos que campan por sus respetos y hacen caso omiso de la Ley, precisamente esa Ley que ellos, como legisladores, han diseñado y aprobado en Parlamentos como regla inviolable e incuestionable de la convivencia ciudadana. En la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TJSC), comunicada a las partes implicadas (Cabildo de Lanzarote y Ayuntamiento de Yaiza) el 13 de noviembre, el Alto Tribunal canario falla en contra del Cabildo lanzaroteño y anula la moratoria turística impuesta en Lanzarote por el Decreto cabildicio 95/2000. ¿Piedra de toque que fundamenta el fallo? La ausencia de previsiones económicas compensatorias para los ciudadanos afectados por la moratoria y perseguida desclasificación de numerosos planes parciales debidamente aprobados por nuestras instituciones, incluidos el Cabildo lanzaroteño y el Gobierno canario. La ausencia de esas previsiones compensatorias son un claro exponente de que la intencionalidad de los políticos implicados en ese tipo de decisiones es la de sustraer a los ciudadanos afectados, a costo cero para la Administración, unos derechos legítimos adquiridos siguiendo las exigencias de la Ley del Suelo y cumpliendo con todos los trámites burocráticos que son preciso seguir hasta obtener la definitiva aprobación de un Plan Parcial por la COTMAC y el Gobierno de Canarias, después de haber sido previamente aprobado en plenos de los Ayuntamientos y Cabildos correspondientes. Todo este trámite burocrático, que va acompañado de un gasto ingente de dineros, suele tardar de cinco años hacia arriba.Por tanto, esta sentencia viene a demostrar, una vez más, que la inseguridad jurídica para cualquier tipo de inversor en el tema urbanístico en nuestro Archipiélago es de tal calibre que, no importe el cumplimiento estricto de la Ley del Suelo y toda la parafernalia de normativas y reglamentos que hay en vigor en Canarias, corre el riesgo de que su inversión se le vaya por el sumidero de las decisiones políticas del momento, que al margen de lo establecido en la Ley, y por puro oportunismo político, y no pocas veces por intereses personales o proteccionistas -caso de la Ley de Directrices o Moratoria al crecimiento turístico en Canarias impulsado por ATI en descarado proteccionismo de los intereses de la Asociación de Empresarios Hoteleros y Extrahoteleros de Tenerife (ASHOTEL)- dan al traste con su inversión y expectativas de negocio, decisiones que, aparte de ir en numerosísimos casos en contra de lo que la misma institución ha aprobado en etapas anteriores -caso éste del Cabildo de Lanzarote - incumplen o aplican las leyes de forma torticera vía decreto e ignorando los mecanismos legales que la Ley del Suelo ya contempla para la anulación de un Plan Parcial por incumplimientos -especialmente incumplimiento en el estricto desarrollo del Plan de Etapas, por ejemplo-, en cuyos procedimientos administrativos de anulación la Ley contempla el incuestionable derecho del afectado a defenderse vía alegaciones. Este sistema establecido de forma generalizada de anular Planes Parciales de forma arbitraria vía decreto, pretendidamente a coste cero para la Administración, “y si no está de acuerdo que vaya a los tribunales”, ha dado lugar a las numerosísimas sentencias de los tribunales contra la Administración en contenciosos urbanísticos.Con relación a esta sentencia del Alto Tribunal canario, el consejero de Política Territorial y Medio Ambiente del Cabildo lanzaroteño, Carlos Espino, además de anunciar que el Cabildo recurrirá la sentencia al Supremo de Madrid -¡cómo no, si paga el contribuyente y, además, se fastidia así dos o tres años más a los ciudadanos damnificados por la moratoria lanzaroteña!-, “considera que deberían pedirse responsabilidades” [La Provincia/Diario de Las Palmas de fecha 17 de noviembre, página 18], refiriéndose a Política Territorial del Gobierno de Canarias que, según él, manifestó que “debe suprimirse toda previsión indemnizatoria a cargo del Gobierno de Canarias” [La Provincia/Diario de Las Palmas de fecha 15 de noviembre, página 19]. No le falta razón al señor Espino cuando reclama responsabilidades a Política Territorial del Gobierno canario por parte de su Cabildo pero olvida que igualmente, y con muchísima más razón que el Cabildo de Lanzarote, están en la situación de pedir responsabilidades, tanto pecuniarias como penales en los casos de manifiesta prevaricación a la vista de sentencias del Supremo, los damnificados por decisiones tomadas por puro populismo electorero o por funcionarios que se erigen en centinelas patrios y creen que su cometido consiste en sustraer o expropiar derechos al ciudadano al coste cero, olvidando que la Administración somos todos y que la inmensa mayoría de los ciudadanos no está por la labor de que se atropellen derechos de ciudadanos que, en casi todos los casos, han sido adquiridos después de muchos años de trámites administrativos y cuantiosos gastos dinerarios.Sí, no hay duda que lleva razón el señor Espino en lo que a pedir responsabilidades se refiere, pero no sólo en este caso sino en la multitud de casos parecidos que pueblan actuaciones políticas y de algunos funcionarios de nuestra Administración. Algún día los ciudadanos tendrán que poner pies en pared y exigir voz en grito la constitución de una Fiscalía totalmente independiente del poder político, con órgano rector elegido por su propio colectivo, que, además de convertirse en gendarmería manos limpias contra la corrupción política y no política, actúe también de oficio contra los inductores de daños económicos a la ciudadanía desde la prepotencia de posiciones de poder, político o funcionarial, a sabiendas de que lo hacen, corresponsabilizándolos con la Administración por los perjuicios económicos originados al ciudadano, además de la correspondiente denuncia por la vía criminal de haber atisbos de prevaricación en las sentencias del Alto Tribunal. Sólo por esa vía se podrá sacar a nuestra democracia del páramo de corrupción e impunidad de actuaciones arbitrarias políticas en que se encuentra inmersa y el ciudadano recobraría la confianza, hoy tan maltrecha, en ella, sus instituciones y sus políticos.Las Palmas de Gran Canaria, 21 de noviembre de 2006.Daniel Garzón Luna"

Las Palmas de Gran Canaria, 3 de enero de 2010
Daniel Garzón Luna

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